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Venezuela

El 14 de marzo de 2011 se publicó la Resolución 026 de la Gaceta Oficial Nº 39.633 de la República Bolivariana de Venezuela, que establece los "lineamientos" (directrices o pautas) de accesibilidad que deben ser aplicados por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional en el desarrollo, implementación y puesta en producción de los Portales de Internet, a los fines de garantizar la accesibilidad de los ciudadanos y ciudadanas de modo rápido, oportuno y seguro a los recursos y servicios que ofrece el Estado Venezolano, incluso de aquellos que por limitaciones físicas no puedan hacerlo por interfaces tradicionales.

Esta resolución especifica ciertos requisitos que se deben cumplir:

ARTÍCULO 3. Los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional deben garantizar en su Portales de Internet:

  1. La separación de la presentación, comportamiento (conjunto de scripts, independiente de su tecnología, que añaden capacidad de procesamiento al sitio) y contenido en tres capas independientes.
  2. Considerar diferentes representaciones de la información (gráfica, sonora, escrita), a los fines de cubrir las necesidades de acceso por parte de los usuarios, permitiendo el uso y acceso de documentos de forma independiente del equipamiento y tecnología asistiva utilizada.a
  3. ...

Desgraciadamente, aunque hace referencia a las pautas WCAG 1.0 y WCAG 2.0 del W3C, no establece claramente que se deben cumplir en su totalidad:

ARTÍCULO 3. Los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional deben garantizar en su Portales de Internet:

5. Deben utilizarse los elementos de estructuración textual descritos en las normas de accesibilidad WCAG 1.0 y WCAG 2.0, con el fin de representar de forma clara y correcta el contenido y la información del Portal a cualquier ciudadano.

ARTÍCULO 5. Los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, con el propósito de asegurar la accesibilidad de sus Portales de Internet a los ciudadanos y ciudadanas, con independencia de sus capacidades físicas, deben considerar los lineamientos que se enuncian a continuación:

3. Los Órganos o Entes de la Administración Pública Nacional que requieran confirmar si el contenido del Portal es accedido por una persona y no por una máquina, deben proporcionar formas alternativas de CAPTCHA, que permitan el alcance de los distintos tipos de percepción sensorial, según se expresa en la recomendación Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web 2.0 (WCAG 2.0) del 11 de diciembre de 2.008 del W3C.

4. Los gráficos de datos de los Portales de Internet deben incluir un resumen textual descriptivo o utilizar el atributo LONGDESC, en la forma que se expresa en la recomendación Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web 2.0 (WCAG 2.0) del 11 de diciembre de 2.008 del W3C.

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