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República Dominicana

La NORTIC B2:2017 Norma sobre accesibilidad web del Estado Dominicano de octubre de 2017 dice en su introducción:

La Norma sobre Accesibilidad Web del Estado Dominicano es un documento que establece los requisitos que deben cumplir los portales de los organismos gubernamentales, de manera que estos cumplan con los criterios de accesibilidad en lo referente a los contenidos publicados, a fin de que puedan ser utilizados por todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad.

Por lo tanto, esta normativa presenta en su primer capítulo el alcance de la misma, la cual comprende a todos los organismos del Estado dominicano, tanto para aquellos que están físicamente dentro del territorio dominicano, como para aquellos que se encuentran fuera, como las embajadas, consulados, misiones en el extranjero y, de manera referencial, para los demás poderes del Estado. Además, se establecen las directrices a seguir para la creación de las políticas de accesibilidad que cada organismo debe desarrollar con el objetivo de crear una cultura de accesibilidad que le permita cumplir con los requisitos establecidos en la normativa.

En el capítulo 2, Requisitos de Conformidad, se presentan los criterios que permiten la verificación de los contenidos ya existentes con respecto a lo establecido en las Pautas de Accesibilidad de Contenido Web 2.0 (WCAG, por sus siglas en inglés). Estos criterios pueden ser utilizados también para la creación de nuevo contenido accesible, de modo que pueda atenderse a las necesidades de distintos grupos de usuarios, de igual forma, cada uno de estos requerimientos está asociado a un nivel de conformidad[1] que define la exigencia del mismo, donde el nivel A es el menos exigente, el nivel AA es el nivel intermedio y el nivel AAA es el más exigente.

Y en el Capítulo I se establece el alcance, es decir, quién debe cumplir la norma:

Las directrices de esta norma deben ser aplicadas por todos los organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo, ya sean centralizados, descentralizados, embajadas, consulados, misiones en el extranjero y Municipios. Esto aplica especialmente para las unidades de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), las cuales tienen la función de implementar esta normativa en los medios web de los organismos del Estado.

Entre los organismos centralizados se encuentran los Ministerios y sus dependencias, así como los organismos con nivel de Ministerios y Viceministerios, organismos adscritos a la Presidencia de la República, consejos y organismos asesores, Direcciones Generales, Oficinas Nacionales, Procuradurías Fiscales, Escuelas Públicas, Hospitales Públicos, Bibliotecas y Museos.

Entre los organismos descentralizados, se encuentran las instituciones financieras y las no financieras, organismos reguladores, instituciones de la seguridad social y empresas públicas.

Los organismos pertenecientes al Poder Legislativo, y al Poder Judicial, así como aquellos organismos que entran dentro de la clasificación de ?Organismos Especiales?, según el Ministerio de Administración Pública (MAP), también pueden implementar los estándares indicados en esta norma como un modelo de buenas prácticas

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