Este informe se ha realizado el 30/01/2012. Se ha analizado el correo electrónico institucional enviado por la Universidad de Alicante el 30/01/2012 en el que se anuncia la apertura de la exposición "La Col·lecció" en el Museo de la Universidad de Alicante.
La Universidad de Alicante, al ser una Administración Pública,
debe cumplir las leyes y decretos que establecen que las páginas web
deben ser accesibles para garantizar el acceso universal y no discriminar a ningún ciudadano.
Entre otras leyes, la Universidad de Alicante debe cumplir el Real Decreto 1494/2007,
o la Ley 56/2007, que estipulan que
a partir del 31 de diciembre de 2008, las páginas de Internet de las Administraciones Públicas satisfarán,
como mínimo, el nivel medio de los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos
.
Por si hubiese alguna duda sobre la aplicación de estas leyes a las universidades, en el Real Decreto 1494/2007 se dice:
Artículo 5. Criterios de accesibilidad aplicables a las páginas de internet de las administraciones públicas o con financiación pública.
[...]
Asimismo, será obligatorio lo expresado en este apartado para las páginas de Internet y sus contenidos, de los centros públicos educativos, de formación y universitarios, así como, de los centros privados sostenidos, total o parcialmente, con fondos públicos.
Además, el Estatuto de la Universidad de Alicante establece en sus artículos 171 y 173 el derecho de los estudiantes a no ser discriminados por la discapacidad y el interés de la Universidad por lograr la plena integración de los estudiantes con discapacidad:
Artículo 171. Derechos
Los estudiantes de la Universidad de Alicante, en su condición de tales y de acuerdo con la naturaleza de las respectivas enseñanzas, poseen los derechos siguientes:
n) No ser discriminados por circunstancias personales o sociales, incluida la discapacidad, en el acceso a la Universidad, ingreso en los centros, permanencia en la Universidad y ejercicio de sus derechos académicos.Artículo 173. Prestaciones
3. La Universidad adoptará las acciones necesarias encaminadas a conseguir la plena integración en la comunidad universitaria de los estudiantes con discapacidades físicas, psíquicas, o sensoriales.
Nota: el problema que se describe a continuación ha ocurrido numerosas veces en el pasado con envíos similares.
El 30/01/2012 por la mañana, la Universidad de Alicante envió un correo electrónico institucional a toda la comunidad universitaria (y posiblemente a otros destinatarios) en el que se anunciaba la apertura de la exposición "La Col·lecció" en el Museo de la Universidad de Alicante.
El correo electrónico enviado fue:
De: Administrador de correo UA <mailadm@ua.es>
Asunto: APERTURA DE L'EXPOSICIÓ MUA. LA COL·LECCIÓ / APERTURA DE LA EXPOSICIÓN MUA. LA COL·LECCIÓ
Responder a: mua@ua.es
APERTURA DE L'EXPOSICIÓ MUA. LA COL·LECCIÓ
http://www.mua.ua.es/postales/lacoleccion.jpg
__________________________________________
APERTURA DE LA EXPOSICIÓN MUA. LA COL·LECCIÓ
http://www.mua.ua.es/postales/lacoleccion.jpg
En la siguiente imagen se puede ver cómo se visualizaba el correo original recibido en el lector de correo Mozilla Thunderbird:
En España, la legislación existente establece unos requisitos mínimos de accesibilidad de las páginas web de las Administraciones Públicas. Desgraciadamente, no se hace ninguna referencia a la comunicación por medio del correo electrónico, aunque hay un par de razones por las que se puede entender que los correos electrónicos también deben ser accesibles:
Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el impulso, el desarrollo y la aplicación de los estándares de accesibilidad para personas con discapacidad y diseño para todos, en todos los elementos y procesos basados en las nuevas tecnologías de la Sociedad de la Información. El correo electrónico forma parte de la Sociedad de la Información y, por tanto, se entiende que también debería ser accesible.
El correo electrónico enviado por la Universidad no contiene mucha información, simplemente el título del acto ("APERTURA DE LA EXPOSICIÓN MUA. LA COL·LECCIÓ") y un enlace a una página en la que se espera que se proporcione más información, como por ejemplo la fecha, la hora y lugar del acto.
Sin embargo, el enlace http://www.mua.ua.es/postales/lacoleccion.jpg del correo electrónico
no tiene como destino una página web, sino una imagen, tal como se puede ver en la siguiente captura de pantalla:
La imagen a la que apunta el enlace del correo electrónico es una "postal", elemento que se suele realizar en la Universidad de Alicante para anunciar los eventos culturales:
El problema de este correo electrónico es que al enlazar directamente con la imagen no se ofrece una información accesible, ya que algunos usuarios con problemas de visión pueden tener graves problemas para ver la imagen y los usuarios ciegos no la pueden ver en absoluto, ni con la ayuda de un lector de pantallas.
Por ejemplo, en la siguiente imagen se puede ver como vería un usuario con problemas de visión que utilice un
magnificador de pantalla un detalle de la postal:
Como se puede apreciar en la imagen anterior, tendría graves problemas para entender lo que aparece escrito.
¿Significa esto que no se puede utilizar la postal (imagen), ni se puede enviar por correo electrónico y ni se puede enlazar directamente a ella?
No, se puede seguir empleando. Pero también se debe proporcionar una alternativa que sea accesible. En este caso no es un problema,
ya existe una página web sobre la exposición, como se puede ver en la siguiente imagen.
Por tanto, no hay que hacer un trabajo extra, simplemente hay que incluir en el correo un enlace a esa página. Pero hay un problema importante:
como el sitio web está creado con marcos, no se puede enlazar directamente a la página sin perder la estructura de los marcos.
Pero este es otra problema, un problema muy importante de diseño, que también afecta a otros criterios de calidad de un sitio web como son la usabilidad y el posicionamiento.